La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha hecho público hoy que amplía el expediente que tenía incoado contra distribuidores de las “Cartas Magic” a otros distribuidores del juego (http://www.cncompetencia.es/Inicio/Noticias/tabid/105/Default.aspx?Contentid=335550&Pag=1). Según la información hecha pública por la CNC al incoar el expediente en marzo de este año, se trata de un expediente en el que se investiga la posible fijación de precios en la venta de las cartas de este juego, que es bastante popular en colegios, institutos y universidades (para más detalles, véase la noticia del diario El Mundo: http://www.elmundo.es/elmundo/2011/05/17/economia/1305633343.html).
Por otra parte, surge la duda de cómo estará definiendo el mercado la CNC (aunque sea preliminarmente) para entender que no se trata de un caso en que las empresas implicadas tienen menos del 10% de cuota de mercado o, cuanto menos, atendiendo a su contexto jurídico y económico, no sean aptas para afectar de manera significativa a la competencia [de minimis, art. 5 Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, y art. 1.a) o, cuanto menos, art. 3.1 Real Decreto 261/2008, Reglamento de Defensa de la Competencia]. Adicionalmente, la CNC debería tener en cuenta que existen importantes vías alternativas de adquisición o intercambio de cartas de Magic fuera del canal oficial de distribución (basta buscar ofertas de compra y venta en cualquier buscador de internet para darse cuenta de que es un mercado activo y con importantes diferencias de precio). En estos casos, parece evidente que los usuarios disponen de alternativas de aprovisionamiento que limitan la capacidad de los integrantes del canal de distribución comercial para fijar precios supracompetitivos (o, cuanto menos, abusivos).
En definitiva, no parece que haya una buena razón para la selección de este caso, ni muchos indicios de que pueda estar produciéndose una restricción a la competencia que no venga amparada por la exención para conductas de menor importancia, especialmente teniendo en cuenta el contexto en que se desarrollan las supuestas prácticas colusorias. Por tanto, sólo queda lamentar que la CNC no tenga un programa (efectivo) de priorización o que, en el peor de los casos, esté afectada por el síndrome de Peter Pan y, en un momento en que debería tratar de redoblar sus esfuerzos y enfrentar los problemas derivados de la coyuntura económica, buscando formas efectivas de promover la competencia en los mercados, opte en cambio por refugiarse en juegos de cartas y de fantasía...